C- Recursos para opositores
URI permanente para esta comunidad
Examinar
Examinando C- Recursos para opositores por Materia "Acceso a la información"
Mostrando 1 - 9 de 9
Resultados por página
Opciones de ordenación
Ítem Directiva 2003/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de noviembre de 2003 relativa a la reutilización de la información del sector público(Diario Oficial de la Unión Europea, 2003-12-31) Unión EuropeaÍtem Directiva 2013/37/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de junio de 2013 por la que se modifica la Directiva 2003/98/CE relativa a la reutilización de la información del sector público(Diario Oficial de la Unión Europea, 2013-06-27) Parlamento Europeo; Consejo de la Unión EuropeaÍtem Ley 18/2015, de 9 de julio, por la que se modifica la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público(2015-07-09) España Jefatura del EstadoLa información que generan las Administraciones Públicas y los organismos del sector público constituye un importante recurso para promover la economía del conocimiento. De este modo, la reutilización y la puesta a disposición de la información del sector público con fines privados o comerciales, favorecen la circulación de información hacia los agentes económicos y la ciudadanía con el fin de fomentar el crecimiento económico, el compromiso social y la transparencia.Ítem Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno(Boletín Oficial del Estado, 2013-12-10) España Jefatura del EstadoÍtem Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales(2021-03-25) España Jefatura del EstadoLa protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales es un derecho fundamental protegido de la Constitución española. La presente ley orgánica tiene por objeto la adaptación el ordenamiento jurídico español al Reglamento (UE) 2016/679, Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos, y completar sus disposiciones. Así como el derecho fundamental de las personas físicas a la protección de datos personales, amparado por la Constitución, se ejercerá con arreglo a lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 y en esta ley orgánica. Finalmente garantizar los derechos digitales de la ciudadanía conforme al mandato establecido por la Constitución.Ítem Real Decreto 1495/2011, de 24 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, para el ámbito del sector público estatal(Boletín Oficial del Estado, 2011-11-08) España Ministerio de la PresidenciaÍtem Real Decreto 224/2016, de 27 de mayo, por el que se desarrolla el régimen jurídico de las obras huérfanas(2021-07-16) España Ministerio de Educación, Cultura y DeporteEste real decreto tiene por objeto el desarrollo del artículo 37 bis del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. A tal fin, se procede a la regulación de los procedimientos de declaración de obra huérfana que permita su digitalización y puesta a disposición en línea, de búsqueda diligente para la determinación de la condición de obra huérfana, de determinación del fin de dicha condición y de la compensación equitativa correspondiente para los titulares de derechos de propiedad intelectual. Se regulan también los usos autorizados de dichas obras que supongan límites al derecho de reproducción y la puesta a disposición del público, en la forma establecida en el artículo 20.2.i) del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.Ítem Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (Texto pertinente a efectos del EEE)(2021-03-25) Unión EuropeaLos principios y normas relativos a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos de carácter personal deben, cualquiera que sea su nacionalidad o residencia, respetar sus libertades y derechos fundamentales, en particular el derecho a la protección de los datos de carácter personal. El presente Reglamento pretende contribuir a la plena realización de un espacio de libertad, seguridad y justicia y de una unión económica, al progreso económico y social, al refuerzo y la convergencia de las economías dentro del mercado interior, así como al bienestar de las personas físicas.