Decreto 325/1984, de 18 de diciembre, por el que se establecen las normas de funcionamiento del Servicio de Depósito Legal en Andalucía
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Mención de responsabilidad
Autores
Andalucía
Fecha
1985-02-01
Editor
Andalucía Consejería de Cultura
Citación
Serie
Rango
Resumen
Es deber ineludible de toda comunidad histórica la conservación de su Patrimonio Bibliográfico y Documental. El Depósito Legal de Andalucía permitirá dicha conservación a la vez que contribuirá al mantenimiento de las tradiciones culturales, a la toma de conciencia de la evolución histórica y cultural de la misma, y a la recopilación de todos los registros culturales producidos en Andalucía, para su posterior difusión en beneficio de dicha comunidad.
La Ley 8/1983, de 3 de noviembre (BOJA 8 de noviembre) de Bibliotecas, definió a la Biblioteca de Andalucía como órgano encargado de recoger, conservar y difundir el Patrimonio Bibliográfica Andaluz y toda la producción impresa, sonora y visual de, y, sobre Andalucía, estableciendo la obligación de depósito de un ejemplar de todo lo publicado en Andalucía en concepto de Depósito Legal.