Decreto 41/2001, de 1 de febrero, de refundición de la normativa en materia de bibliotecas

Otros títulos
Mención de responsabilidad
Autores
Galicia
Fecha
2001-02-20
Editor
Galicia Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo
Citación
Serie
Resumen
Tras la promulgación de la Ley 14/1989, de 11 de octubre, de bibliotecas, tuvo lugar un amplio desarrollo reglamentario de ésta dando así cumplimiento a lo dispuesto en su exposición de motivos, de facilitar el acceso a la cultura en condiciones de igualdad para todos los ciudadanos a través de la lectura. Esta es una función que se considera esencial entre las encomendadas a las bibliotecas, que según el artículo 3 de la ley son: ofrecer al público un conjunto organizado de fondos bibliográficos y audiovisuales, conservar y acrecentar el patrimonio bibliográfico, fomentar su uso y fomentar la cooperación interbibliotecaria. Con este decreto se hace posible que toda la dispersión normativa de desarrollo de la Ley 14/1989 se reúna en una sola disposición.
Tabla de contenidos
Descripción
Incluye como parte a
Tiene una versión
Es otro formato de
Es parte de
Es referenciado por
Hace referencia a
Es sustituido por
Tiene otro formato
Se ajusta a la norma
Basado en
Es una versión de
Sustituye a
Requiere