España Jefatura del Estado2021-05-072021-05-072021-05-07https://hdl.handle.net/10421/9151La creación del mercado interior en el ámbito comunitario implica la supresión de las fronteras fiscales y exige una regulación nueva y específica, a efectos del impuesto sobre el Valor Añadido, de las operaciones intracomunitarias, así como una mínima armonización de los tipos impositivos del impuesto y una adecuada cooperación administrativa entre los Estados miembros.eshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor AñadidoLey del Impuesto sobre el Valor Añadido,1992Text