España Ministerio para las Administraciones Públicas2009-03-022009-03-021991-11-08https://hdl.handle.net/10421/202DISPOSICIÓN DEROGADA.La razón de ser de dicha norma se basa en la necesidad de dotar a la Biblioteca Nacional de una mayor agilidad administrativa y de adecuar su estructura a una organización más moderna que contribuya a prestar mejor servicio como Centro investigador.De aquí que la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, en su artículo 97 determinara su transformación en Organismo autónomo de carácter administrativo, señalando en el apartado 4º del mismo precepto, que el Gobierno, mediante Real Decreto, proceda a la aprobación de su correspondiente Estatuto. Con el presente Real Decreto y las posteriores normas que lo desarollan se pretende crear un nuevo marco de organización y funcionamiento que permita a la Biblioteca Nacional, como organismo autónomo, cumplir sus funciones de forma eficaz.eshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Real Decreto 1581/1991, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Biblioteca NacionalTextBibliotecas nacionales